Os dejo un artículo en el que se realiza un resumen muy visual sobre la reforma laboral presentada por el gobierno el pasado viernes 10 de febrero.
Espero que os ayude a despejar cualquier duda que tengáis y que os sea de interés.
Besotes!
La indemnización por despido improcedente baja de 45 a 33 días por año trabajado.
Mayor flexibilidad en la negociación colectiva y un despido más barato para los empresarios son las líneas maestras de la reforma laboral, que pretende fomentar el empleo. El despido improcedente baja de 45 a 33 días por año trabajado y se establece uno procedente de 20 días para las empresas con pérdidas. Se anuncia que durante el primer trimestre se aprobarán una serie de medidas para apoyar a autónomos y pymes a través del anteproyecto de la "Ley de Emprendedores", que se basará en la eliminación de incentivos fiscales y la reducción de trabas administrativas.
Abaratamiento del despido
Pocas horas antes de que se divulgase a través del Consejo de Ministros, ya se barruntaba que la reforma laboral iba a ser "agresiva en extremo", que se reducirían las indemnizaciones por despido y se flexibilizaría la negociación colectiva. Así ha sido. Mediante la fórmula de Decreto Ley, se ha presentado un paquete de medidas, entre las que destacan el abaratamiento del despido y la creación de un contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores.
En esta nueva normativa laboral, que entra en vigor el día 20 de este mes, se reducen al mínimo los modelos de contratación y se generaliza el despido de 20 días por año trabajado (despido procedente). Son los principales ejes del cambio de modelo en las relaciones laborales de los trabajadores. También se incentivarán los contratos a tiempo parcial y el teletrabajo como fórmulas catalizadoras para fomentar el empleo entre los españoles, sobre todo, entre los más jóvenes.
Por el contrario, no se implantarán los "miniempleos", con horarios más reducidos y con menor salario, como se había especulado en las últimas semanas; tampoco el contrato único.
La extinción del contrato indefinido será de 20 días por año trabajado en caso de despido procedente por causas objetivas, con un máximo de 12 mensualidades. Se mantiene el despido improcedente, pero se rebaja la actual indemnización de 45 días por año a 33 días. No obstante, estas modificaciones no tendrán efectos retroactivos y entrarán en vigor en el momento en que se implante el Decreto Ley. Los trabajadores que tienen hoy un contrato indefinido se beneficiarán de una indemnización de 45 días por año por despido improcedente.
La reforma laboral no solo afectará a los profesionales del sector privado, sino que también implicará al personal laboral que trabaja para las administraciones públicas cuyas relaciones laborales están reguladas por medio de convenios colectivos. Se contempla en la normativa que "los organismos y entidades que forman parte del sector público invoquen causas económicas, técnicas, organizativas y de producción" para despedir estos trabajadores por medio de una indemnización de 20 días por año trabajado y hasta un máximo de 12 mensualidades.
Empleo y relaciones laborales
- Contratos: entre las medidas para el fomento de la contratación indefinida se establece el límite para los encadenamientos de contratos temporales en 24 meses a partir del año 2013. Además se impulsan los contratos a tiempo parcial de carácter indefinido, flexibilizando las horas de trabajo; con ello los empresarios tendrán un mayor poder de decisión para dictaminarlas a partir de ahora. Por lo que respecta a los contratos para la formación y el aprendizaje, se estipula en 30 años la edad máxima para su acceso hasta que la tasa de paro no baje del 15%, cuando ahora supera el 20%. Por otro lado, tras agotar un periodo de formación en una actividad, el trabajador afectado podrá utilizar esta modalidad de contrato en otros sectores.
- Convenios: la principal novedad es que los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de carácter sectorial, ante la posibilidad real de no aplicar el convenio colectivo en momentos de crisis económica. Su prórroga máxima alcanzará los dos años como tope máximo.
- Despidos: la medida más llamativa es que los contratos indefinidos ordinarios con una indemnización de 45 días por año trabajado y un máximo de 42 meses cobrados desaparece desde este momento. A partir de ahora pasa a 33 días por año trabajado y un máximo de 24 meses. En el caso del despido procedente, la indemnización bajará hasta 20 días. Para optar por este modelo, la empresa podrá alegar pérdidas en sus resultados empresariales o caída en sus ventas durante tres trimestres consecutivos.
- Prestaciones por desempleo: Otro aspecto que se debe destacar en esta reforma laboral recién aprobada es que no se modifican las prestaciones por desempleo, que quedan como hasta ahora. La única novedad será la adopción de medidas para evitar el fraude entre las personas que la cobren de manera injusta.
- ETT y teletrabajo: las empresas de trabajo temporal serán colaboradoras con los servicios públicos de empleo en su afán de facilitar un puesto de trabajo. Y en lo referente al teletrabajo, se ha anunciado que por primera vez se regulará esta actividad, aunque sin concretar en qué condiciones ni bajo qué normativa.
- Movilidad laboral: se facilita la adaptación de las condiciones laborales a la realidad de la empresa a través de tres medidas expresadas en el nuevo texto legal:
- La modificación de las funciones de los empleados según las necesidades de las empresas.
- La variación de la jornada de trabajo y simplificación de los trámites.
- El establecimiento de incentivos para la reducción de la jornada laboral o la suspensión temporal del contrato, ante situaciones de disminución de la demanda.
- Emprendedores, autónomos y pymes: se darán mayores facilidades para que los jóvenes puedan crear su propia empresa, al poder captar la totalidad de sus prestaciones por desempleo.Hasta ahora solo podrían cobrar hasta el 60% de la prestación en un único pago, como norma general, y hasta el 80% en el caso de los jóvenes menores de 30 años o mujeres menores de 35 años. Tan solo los trabajadores autónomos con una minusvalía de un tercio de sus facultades podían solicitar la cantidad total de su prestación social.Por otro lado, se ha creado un nuevo tipo de contrato indefinido para las pymes con menos de 50 trabajadores, que tendrá como principal novedad una deducción de 3.000 euros por la contratación de su primer trabajador con menos de 30 años. Para este tipo de empresas, se establece una bonificación de hasta 3.600 euros destinados a la contratación de jóvenes parados entre 16 y 30 años, y de hasta 4.500 euros para los desempleados de larga duración que rebasen los 45 años.
Ciclos formativos
Los estudios de Formación Profesional sufrirán una sustancial modificación a partir de ahora, al crearse la denominada "cuenta de formación asociada a la afiliación a la Seguridad Social que contribuya a personalizar los itinerarios formativos". Estará vinculada al trabajador durante toda su etapa laboral y garantizará su acceso a esta clase de formación de forma permanente.
El objetivo es que puedan mantenerse o reciclarse en su puesto de trabajo como alternativa a quedarse parados durante un periodo de tiempo amplio. Los trabajadores disfrutarán de un permiso retribuido de 20 horas anuales, siempre que estén vinculadas a su puesto laboral.
Medidas comunitarias
Las medidas laborales aprobadas por el ejecutivo español quedarán complementadas por otras de carácter comunitario diseñadas para combatir la lacra del paro juvenil en España. La tasa de desempleo en España es del 49,5% entre los menores de 25 años, muy por encima de otros países de nuestro entorno que también tienen este problema social: Grecia (46,6%), Eslovaquia (35,1%) y Portugal (30,7%).
Desde Bruselas se ha anunciado que se enviará a España un grupo de expertos que tendrán como misión elaborar lo antes posible un plan de choque para impulsar el empleo juvenil, basadas en políticas de estabilidad financiera y consolidación fiscal.
También se reclama a los gobiernos que se comprometan a ofrecer a este segmento social un empleo o una formación de calidad en un plazo de cuatro meses tras abandonar sus estudios o, en última instancia, un aprendizaje. No se descartan ayudas oficiales provenientes del Fondo Social Europeo (FSE), que irían destinadas al aprendizaje de los jóvenes y a la inclusión de los mismos en el mundo laboral.
FUENTE: CONSUMER .ES
FECHA: 13/02/2012
En convenios te falta decir que en cualquier momento el empresario puede descolgarse del convenio laboral, lo que a la larga implicará que dejen de haber convenios porque no se cumplirán.
ResponderEliminarEn despidos falta decir que el jefe puede unilateralmente bajarte el sueldo, por lo que te realmente cuando un empresario quiera despedir a alguien lo hará por este medio. 20 días por año trabajado.
En prestaciones de desempleo, si tienes la desgracia de estar en el paro te llamarán a hacer trabajos comunitarios, cuando en realidad tendrías que estar o buscando trabajo o formándote.